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c) Proyecto de Orden Ejecutiva No. 01-08, "Institucionalización y coordinación de las actividades de la Secretaría para la resolución de conflictos internacionales, CICTE y otros asuntos relacionados con la seguridad," anexo F del documento CP/doc.3537/01, siempre que se eliminen las partes 1(c) y 4 referentes a la creación de una Secretaría del CICTE. Esto no significa que el Secretario General no pueda emitir una Orden Ejecutiva posterior para crear una Secretaría del CICTE separada. No obstante, la creación de una Secretaría del CICTE, si se procediera con ello, debe postergarse hasta que se revisen y ajusten las disposiciones correspondientes del proyecto de Orden Ejecutiva, teniendo en cuenta: (i) las recomendaciones formuladas por el CICTE en su reunión de enero (que se celebró después de la presentación de esta propuesta) y (ii) las preocupaciones suscitadas por varios Estados Miembros en el sentido de que la creación de la Secretaría del CICTE en estos momentos no debe requerir recursos adicionales del Fondo Regular ni perjudicar de forma alguna el apoyo del Fondo Regular a otros programas ya aprobados.
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