|
In effect, much of Grotius’s work is merely a repetitive echo of principles that had already been commonplace for generations in Spain, and which are to be found not only in voluminous incunabula and dusty tomes of the fifteenth, sixteenth and seventeenth centuries, but also in manuals, dating from the same centuries, for the troops, such as that of Ayala. In practice, they were also used in the battlefield, and legal, religious and military advisers to the army in Spain consulted them frequently in connection with military operations.
|
|
De hecho, gran parte de la obra de Grocio no es sino un eco repetitivo de principios que, en España, eran lugares comunes ya durante generaciones, que pueden encontrarse no sólo en voluminosos incunables y en polvorientos volúmenes de los siglos XV, XVI y XVII,sino también en manuales, de esos mismos siglos, para la tropa, como el de Ayala. En la práctica, se aplicaban también sobre el terreno y asesores jurídicos, religiosos y oficiales de los ejércitos de España los tenían muy en cuenta para la conducción de operaciones militares. Derecho de gentes y derecho de la guerra no eran meros temas académicos, sino reglamentaciones meticulosamente aplicadas en todo el gran imperio español. Las operaciones bélicas de España se realizaban consultando a un “jurista”, a menudo un sencillo misionero, pero que conocía los principios de la guerra necesaria para el restablecimiento de la paz, de la justicia y del orden (cuando la fuerza triunfa en nombre del derecho, puede imponer el derecho). Ayala , en cuyo manual Grocio reconoce haberse inspirado no poco, era oficial y jurisconsulto del ejército de Felipe II en Flandes. Redactó un manual para uso del ejército. Belli , en quien también se inspiró Grocio, fue juez militar en los ejércitos de Carlos V y de Felipe II. No cabe duda de que todo el personal militar de mando conocía y debatía las cuestiones de índole humanitaria y de derecho internacional que en España eran ya tradicionales: 5° libro de las Etimologías de San Isidoro de Sevilla, San Raimundo de Peñafort, las 7 Partidas de Alfonso X el Sabio, Alfonso Tostado, Gonzalo de Villadiego, Juan López (el Johannes Lupus citado también por Grocio), Francisco Arias de Valderas, Alonso Cano, Domingo de Soto y tantos otros cultores del derecho de gentes.
|